• Apertura y sellado de los libros contables especificados en el código de comercio y Ley de Sociedades como obligatorios.
• Confección mecanizada de los libros de contabilidad mencionados.
• Realización del balance anual de la contabilidad oficial.
• Cuenta de explotación.
• Cuenta de pérdidas y ganancias.
• Presentación en la Delegación de Hacienda y Registro Mercantil de las declaraciones exigidas conforme a las disposiciones en vigor en cuanto a la contabilidad se refiere.
• Redacción de Actas de reuniones o Juntas obligatorias legalmente en el régimen estatutario de la empresa
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