Laboral
Laboral
Nuestros servicios:
• Representación y asistencia técnica ante CMAC, Juzgados de lo Social, Tribunal Superior Justicia de lo Social.
• Tramitación de convenio colectivo de empresa.
• Tramitación de inaplicación de convenio colectivo sectorial (descuelgue).
• Expedientes de regulación de empleo temporal o extintivo (ERES).
• Inscripción de empresas.
• Consultas verbales y por escrito, informes, costes de personal.
• Altas y bajas de trabajadores en la Seguridad Social por sistema RED.
• Confección de recibos para pagos de salarios y su envío en nuestra web de comunicación por correo electrónico o papel.
• Estudio y confección de boletines de cotización, domiciliados o cobro por ventanilla.
• Formalización de contratos de trabajo y su presentación por Gescontrata.
• Informe o redacción de faltas y sanciones al personal.
• Representación y asistencia ante la inspección de trabajo.
• Confección de cartas de pago y resumen anual (modelos 111 y 190).
Le damos servicios que otros despachos no le ofrecen:
–Auditoria socio laboral:
La auditoría laboral de legalidad tiene por objeto la emisión de una opinión técnica independiente, profesional y responsable que exprese, en todos sus aspectos significativos, la adecuación socio-laboral de una entidad a la normativa legal.
Tipos de informes que le realizamos:
• Auditoria de Opinión: La utilidad principal de este tipo de auditoría es la de obtener una radiografía de la misma, que cuando finaliza con opinión favorable o salvedades de escasa significación. Permite descubrir situaciones de riesgo, o confirmar la adecuación sustancial de la entidad a las normas y principios socio-laborales.
• Auditoria Due Diligence: En este caso el informe recogerá una identificación y reseña de todas y cada una de las irregularidades detectadas individualmente consideradas, así como la correlativa cuantificación de las contingencias económicas.
• Auditoria de cumplimiento: comprobación y examen de la correcta aplicación en su empresa de las normas legales, reglamentarias y convencionales.
– Implantación y registro de planes de igualdad:
Obligatorio para empresas de más de 50 empleados.

